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01 de Noviembre de 2012 |
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 5 DE OCTUBRE DE 2012 |
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ASISTENTES:
Alcalde Presidente:
D. EUSEBIO BATALLA GAGO (PP).
Concejales:
D. FRANCISCO M. ROMO VICENTE (PP).
Dª. FÁTIMA RUBIO CESTERO (PP).
D.INÉS HORMIGO CEDILLO. (P.P.).
D. JUAN GARLITO BATALLA (PSOE).
D. PEDRO SÁNCHEZ ALEGRE (PSOE).
SECRETARIA ACCIDENTAL:
Dª Mª. AURORA REBOLLO AMBROSIO.
AUSENCIAS JUSTIFICADAS:
D. ANTONIO DURÁN MORENO (PSOE).
En Santiago de Alcántara, siendo las veinte horas del día cinco de octubre de dos mil doce, en esta Casa Consistorial se reúne el Ayuntamiento Pleno, presidido por el titular de la Alcaldía, Don Eusebio Batalla Gago, y al que concurren los Concejales expresados al margen, miembros de esta Corporación, y la Secretaria que, como corresponde, dio asistencia al acto, todo ello a efectos de celebrar sesión extraordinaria, la cual se había designado y convocado previamente en tiempo y forma y, al existir quórum suficiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la sesión se celebró en primera convocatoria, desarrollándose como a continuación se expresa:
1.- CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA ÚLTIMA SESIÓN.
Se procedió a dar conocimiento del borrador del Acta de la sesión anterior, siendo aprobada por cuatro (4) votos a favor del Grupo Municipal Popular y tres (3) en contra del Grupo Municipal Socialista. El voto en contra del Grupo Municipal Socialista, lo justifican manifestando no estar de acuerdo con la votación del punto del orden del día 8 sobre Mantenimiento del Servicio de Ayuda a Domicilio que fue en contra, justificando que votaban en contra por la subida del impuesto, y en el acta figura a favor.
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento Pleno, les pone de manifiesto que se contabilizaron los votos tal como sucedieron en la sesión que se trata, incidiendo en que se debe prestar más atención a la votación en los plenos y que no se trata de una subida de impuestos, pues el punto en cuestión, trata de tasas municipales.
El Alcalde-Presidente aclara también, que ha sido un - lapsus calami - tropiezo involuntario e inconsciente al escribir, que conste por unanimidad la aprobación del punto en cuestión, siendo el voto emitido por el Grupo Municipal Socialista, en contra de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio con fondos propios.
2.- RESOLUCIÓNES DE LA ALCALDÍA SOBRE.-
1.- Delegación Funciones de Alcaldía.
2.- Concesión cedula de habitabilidad.
3.- Delegación de representación en procedimiento judicial.
3.- DICTAMEN DE LA CUENTA GENERAL DEL PRESUPUESTO DE 2011.
Se da conocimiento de la Cuenta General del Presupuesto de 2011 en la que se incluye la de Administración del Patrimonio, que se encuentra informada por intervención y dictaminada favorablemente por la Comisión especial de Cuentas, el Ayuntamiento Pleno, una estudiada la misma acuerda por mayoría de Absoluta aprobar la misma, siendo el resultado de la misma el que a continuación se expresa:
ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
Resultado Presupuestario Ejercicio 2011
a. Operaciones corrientes.
- Derechos Reconocidos Netos:1.185.337,83 €
- Obligaciones Reconocidas Netas: 1.202.526,49 €
- Ajustes:
- Resultado Presupuestario: -17.188,66 €
b. Otras operaciones no financieras.
- Derechos Reconocidos Netos:100.900,00 €
- Obligaciones Reconocidas Netas: 163.540,09 €
- Ajustes:
- Resultado Presupuestario: -62.640,60 €
1. Total operaciones no financieras (a+b).
- Derechos Reconocidos Netos:1.286.237,83 €
- Obligaciones Reconocidas Netas: 1.366.067,09 €
- Ajustes:
- Resultado Presupuestario: -79.829,26 €
2. Activos financieros.
3. Pasivos financieros.
- Derechos Reconocidos Netos:
- Obligaciones Reconocidas Netas: 58.371,31 €
- Ajustes:
- Resultado Presupuestario: 58.371,31 €
RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO.
- Derechos Reconocidos Netos: 1.286.237,83 €
- Obligaciones Reconocidas Netas: 1.424.438,40 €
- Ajustes:
- Resultado Presupuestario: -138.200,57 €
4. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales.
- Ajustes:128.742,49 €
5. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio.
6. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio.
- Resultado Presupuestario: 128.742,49 €
RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO
- Resultado Presupuestario: -9.458,08 €
ESTADO DEL REMANENTE DE TESORERÍA
1. Fondos líquidos.
- Importes Año: 38.221,93 €.
- Importes año anterior: 245.138,24 €
2. Derechos pendientes de cobro.
- Importes Año:268.610,56 €.
- Importes año anterior: 272.913,14 €
+ del Presupuesto corriente.
- Importes Año: 142.615,97 €.
- Importes año anterior: 172.588,02 €
+ de Presupuestos cerrados.
- Importes Año: 121.735,12 €.
- Importes año anterior: 97.465,16 €
+ de Operaciones no presupuestarias. - Importes Año: 6.780,85 €.
- Importes año anterior: 3.866,31 €
-cobros realizados pendientes de aplicación definitiva.
- Importes Año: 2.521,38 €.
- Importes año anterior: 1.006,35 €
2. Obligaciones pendientes de pago.
- Importes Año: 212.492,78 €.
- Importes año anterior: 289.434,50 €
+ del Presupuesto corriente.
- Importes Año: 156.237,16 €.
- Importes año anterior: 269.680,32 €
+ de Presupuestos cerrados.
- Importes Año: 43.849,43, €.
- Importes año anterior: 14.046,86 €
+ de Operaciones no presupuestarias.
- Importes Año: 21.324,95.
- Importes año anterior: 19.077,73 €
-pagos realizados pendientes de aplicación definitiva.
- Importes Año: 8.918,76 €.
- Importes año anterior: 13.370,41 €
I. Remanente de tesorería total (1+2-3).
- Importes Año: 94.339,71 €.
- Importes año anterior: 228.616,88 €
II. Saldos de dudoso cobro.
III. Exceso de financiación afectada.
IV. Remanente de tesorería para gastos generales (I-II-III)
- Importes Año: 94.339,71 €.
- Importes año anterior: 228.616,88 €
Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobado por (4) votos a favor del Grupo Municipal Popular y tres (3) en contra del Grupo Municipal Socialista.
El Alcalde – Presidente pone de manifiesto el cambio en el voto emitido, con respecto a la abstención manifestada por el representante del Grupo Municipal Socialista, en la Comisión Informativa de Cuentas.
4.- DICTAMEN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2012.
Presupuesto 2012.
INGRESOS:
1. Impuestos directos: 200.000,00 €. 14.99%
2. Impuestos indirectos: 12.000,00 €. 0.90%
3. Tasas y otros ingresos: 410.300,00 €. 30.74%
4. Transferencias Corrientes: 531.400,00 €. 39.82%
5. Ingresos Patrimoniales: 32.000,00 €. 2.40%
6. Enajenación Inver. reales 6.000,00 €. 0.45%
7. Transferencias de capital: 142.850,00 €. 10.70%
8. Activos financieros
9. Pasivos financieros
Total: 1.334.550,00 €. 100%
- GASTOS
1. Gastos personal: 309.200,00 €. 23.17%
2. Gastos bienes y servicios: 712.200,00 €. 53.37%
3. Gastos financieros: 28.000,00 €. 2.10%
4. Transferencias Corrientes: 57.000,00 €. 4.50%
5. Inversiones reales: 162.650,00 €. 12.19%
6. Transferencias de capital: 5.500,00 €. 0.41%
7. Activos financieros
8. Pasivos financieros: 60.000,00 €. 4.50%
Total: 1.334.550,00 €. 100%
Plantilla de Personal.
1. Secretario/a. 2. Un auxiliar administrativo.3. Un aguacil. 4. Un operario de servicios múltiples.
Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobado por (4) votos a favor del Grupo Municipal Popular y tres (3) en contra del Grupo Municipal Socialista.
El Alcalde – Presidente pone una vez más de manifiesto, el cambio en el voto emitido, con respecto a la abstención manifestada por el representante del Grupo Municipal Socialista, en la Comisión Informativa de Cuentas.
5.- ELECCIÓN DEL JUEZ DE PAZ.
Relacionado con el expediente que se tramita en este Ayuntamiento a instancias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para la lección de Juez de Paz Titular de esta localidad, según lo dispuesto en el art. 101 de la Ley Orgánica del poder Judicial, por la Alcaldía se propone que la propuesta de nombramiento se efectúe mediante votación, siendo el único aspirante DON FERNANDO RIVERO REY.
Se somete a votación la presente propuesta, es aprobada por Unanimidad.
Dado el resultado obtenido por el único aspirante tiene la mayoría absoluta, el Ayuntamiento Pleno acuerda proponer para ocupar el cargo de Juez de Paz Titular a DON FERNANDO RIVERO REY.
Se remite el expediente completo al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para que esta resuelva lo que estime conveniente.
6.- PROPUESTA PARA EL ACUERDO DE ADHESIÓN AL ACUERDO FEMP-DGT.
PROPUESTA PARA EL ACUERDO DE FIRMA DEL CONVENIO PARA ADHESIÓN AL PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN RCDS, ZONA SUR. PROYECTO 2007FEDER830 Y COMPROMISOS MUNICIPALES.
Examinada la comunicación cursada por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres por la que pone en conocimiento de esta Corporación la suscripción de un Convenio interadmistrativo entre aquélla y la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura para la ejecución del Plan de Gestión de Residuos Procedentes de la Construcción y Demolición (en adelante RCDs) en la Zona Sur de la Provincia de Cáceres que aprobará el Órgano autonómico en ejercicio de las competencias de planificación, coordinación, prevención, gestión y control de las actividades y proyectos con repercusiones en el medio ambiente, así como de las actividades clasificadas, el medio industrial y los residuos sólidos, vertidos y emisiones, que se establece en la estructura orgánica de dicha Consejería.
El Plan incluye en su ámbito de actuación el término municipal de este Ayuntamiento, por lo que se le ofrece la posibilidad de adherirse a él asumiendo las cláusulas que se contienen en el texto que acompaña a dicha comunicación, aprobado por acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de Cáceres, el día 6 de marzo del presente año 2012.
Este Ayuntamiento, en virtud de las competencias que le atribuyen los arts. 25. 2 l) de la Ley 7/1.981, de 2 de abril, y 3.a) y 12 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en relación con Real Decreto 105/2008 de 1 febrero (particularmente el Art. 2 y la Disposición Adicional Primera), así como la normativa autómica en vigor, en particular el Decreto 20/2011 por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión, y gestión de los residuos de Construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura, acuerda:
PRIMERO: APROBAR el Convenio de Colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara para la adhesión de dicho Ayuntamiento al Plan de Gestión de Residuos Procedentes de la Construcción y Demolición de la denominada Zona Sur de Cáceres.
Dicha adhesión supone, entre otros aspectos, la asunción por este Ayuntamiento de los siguientes compromisos generales:
- Facilitar la gestión de residuos, implantando los mecanismos de control necesarios para conseguir tal fin.
- Favorecer la instalación y puesta en marcha del Plan en el municipio, facilitando los espacios necesarios para la ubicación de las instalaciones de almacenamiento, recogida y/o tratamiento de RCDs, dotados como mínimo de los suministros de agua y luz, o con posibilidad de acceder a los mismos.
- Colaborar en todo momento con las Administraciones a que se refieren los acuerdos adoptados por la Diputación, así como con el adjudicatario, en su caso, de la licitación del contrato de concesión de obra pública, para facilitar la implantación de la infraestructura necesaria para el buen desarrollo del Plan, así como garantizar el correcto funcionamiento del mismo en todas aquellas cuestiones que sean de su competencia.
- Implantar la obligatoriedad de constituir una fianza previa al otorgamiento de licencia de todo tipo de obra sujeta a la misma por parte del solicitante, en concepto de garantía de la adecuada gestión de los RCDs resultantes de la obra, de conformidad con establecido en el Art. 4.1.d) de Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. La fianza será devuelta cuando el productor acredite la aceptación del residuo por el gestor autorizado, o en el caso de la obra “menor”, cuando acredite la entrega a la instalación correspondiente; todo ello en los términos que se fijan en la normativa autonómica (Decreto 20/2011, de 25 de febrero).
- Aceptar el establecimiento y gestión de las tarifas, previstas en el Plan para la gestión de los RCDs, a los efectos de su abono a la Diputación o al gestor que resulte adjudicatario.
Los importes iniciales de las tarifas, excluido IVA, a repercutir, serán:
a) Obra mayor:
o RCD limpio: 3,50€ / Tn
o RCD mixto: 10,00€ / Tn
o RCD sucio: 15,00€ / Tn
b) Obra menor:
RCD:15,00€ / Tn
Esas tarifas variarán en el caso de que el gestor que resulte adjudicatario oferte unos importes menores a los expresados, y ese caso se entenderá a los efectos de este convenio el menor importe ofertado para el establecimiento de las tarifas. Todo ello sin perjuicio de las condiciones que se establezcan en el contrato de concesión para la actualización de las tarifas durante el plazo del mismo.
En las obras denominadas “menores” el Ayuntamiento abonará a la Diputación o gestor que resulte adjudicatario (según se determine) el importe correspondiente de las tarifas indicadas. La Diputación liquidará esta cantidad al gestor autorizado, en caso de que sean recaudadas por Diputación.
En el resto de obras el titular de la licencia abonará directamente al gestor que resulte adjudicatario el importe de las tarifas expresadas para la recepción y gestión de los residuos generados.
- Aprobar las ordenanzas tipo necesarias para el desarrollo del Plan de Gestión de Residuos procedentes de la Construcción y Demolición, según modelos únicos contemplados en el mismo.
SEGUNDO.- El Ayuntamiento de Santiago de Alcántara acepta la instalación de un punto limpio de acopio temporal para la recepción de los residuos de construcción y demolición generados, exclusivamente, en las obras menores. A estos efectos será obligación de este Ayuntamiento contar con la disponibilidad de un terreno de aproximadamente 500 m2, urbanística y técnicamente apto para los fines del Plan, recabar las autorizaciones y concesiones administrativas que sean precisas, así como su puesta a disposición de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, mediante cesión de uso por un periodo de veinticinco años, con el fin de que puedan llevarse a cabo los trámites necesarios para la contratación y ejecución de las obras necesarias para la puesta en marcha del Plan y la gestión del mismo por el periodo de la concesión. Con la posibilidad, tal y como contemplan los acuerdos que se aprueben por la Diputación y el Consorcio de servicios medioambientales de la provincia de CÁCERES- MEDIO XXI, de que aquélla, en el momento más conveniente para el mejor funcionamiento del servicio, traslade al Consorcio la ejecución y cumplimiento del contrato de concesión de obra pública que en dichos acuerdos se prevé, que se convertirá, además, en el titular acreedor del resto de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud del presente acuerdo.
TERCERO.- El Ayuntamiento de conformidad con la normativa expresada en el punto cuarto de los antecedentes de este Convenio será responsable de la gestión del Punto Limpio de Acopio Municipal, en la manera que determine, y a estos efectos se compromete a:
Establecer los horarios de apertura y cierre, las personas encargadas de la recepción y control estadístico del residuo, así como del mantenimiento y limpieza de la instalación.
El punto limpio de acopio municipal recibirá, exclusivamente, los residuos generados en las obras de construcción y demolición denominadas “menores” y los que no requieran de licencia por tratarse de actos comunicados de particulares, no pudiendo superar los 500 kg. mensuales por persona.
Los puntos limpios de acopio municipal sólo cumplirán la función de almacenamiento transitorio.
El transporte desde el punto limpio de acopio municipal hasta las plantas de transferencia y/o reciclaje para el tratamiento y, en su caso, eliminación del residuo, correrá a cargo de la empresa adjudicataria de la gestión del Plan, debiendo abonar el Ayuntamiento a la Diputación o a la empresa concesionaria, según se determine, la tarifa anteriormente señalada por la prestación de dicho servicio.
El Ayuntamiento podrá repercutir los costes de las tarifas expresadas en el punto anterior en la correspondiente tasa o precio público de los residuos generados por obras menores establecida con arreglo a la normativa de reguladora de las Haciendas Locales.
Estas instalaciones dispondrán de una superficie aproximada de 500m2, dispondrán de suministro de luz y agua o posibilidad de acceso a los mismos, y será practicable el tránsito rodado hasta el mismo.
En relación con dicho Punto Limpio de Acopio Municipal, el Ayuntamiento adquiere los siguientes compromisos:
-Aprobar el Proyecto Técnico que se presente por el gestor adjudicatario, a efectos de contratación y ejecución de la obra, así como de todo lo señalado en los puntos siguientes:.
- La cesión no alterará la relación jurídica tributaria derivada del Impuesto de Bienes Inmuebles, sin que el cesionario asuma la condición de sujeto pasivo del Impuesto.
-El Ayuntamiento cuenta con la disponibilidad de los terrenos, así como autorizaciones y concesiones administrativas que son precisas que se ponen a disposición de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, con el fin de que puedan llevarse a cabo los trámites necesarios para la contratación y ejecución de la obra y la actividad de prestación posterior de los servicios previstos en al normativa y el Plan de Residuos.
-El Ayuntamiento se responsabiliza expresamente tanto de que los terrenos que son objeto de la cesión son aptos técnica y urbanísticamente para los fines del Convenio, esto es, para que pueda instalarse en ellos un Punto de Acopio para la recepción de los residuos de construcción y demolición generados en las obras denominadas “menores”; como de la obtención de las autorizaciones y licencias que sean necesarias obtener para ello, asumiendo cualquier responsabilidad que por el incumplimiento de tales causas pueda derivarse hacia la Excma. Diputación Provincial de Cáceres o, en su caso, hacia el Consorcio MEDIO XXI. La entrega del bien mediante acta y/o la aprobación municipal del Proyecto conlleva las autorizaciones antes mencionadas.
Cuando la Excma. Diputación Provincial de Cáceres considere que es el momento más conveniente para el mejor funcionamiento del servicio podrá trasladar al Consorcio MEDIO XXI la ejecución y cumplimiento del contrato de concesión de obra pública, tal y como se prevé en los acuerdos previstos entre ellos en el Convenio de Colaboración al que se viene haciendo referencia, El Ayuntamiento de Santiago de Alcántara autoriza a la Excma. Diputación Provincial del Cáceres para que disponga los instrumentos jurídicos necesarios para que la cesión que se formaliza a través de este documento se entienda realizada, sin alteración de su objeto, al Consorcio MEDIO XXI, que se convertirá, además, en el titular acreedor del resto de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud del presente convenio.
CUARTO.- Autorizar a que la Diputación provincial de Cáceres, con cofinanciación de la U.E. –fondos FEDER- realice la construcción, vallado y equipamiento del punto limpio de acopio municipal, que ejecutará quien resulte adjudicatario del contrato de concesión de obra pública.
QUINTO: El Ayuntamiento se adhiere a los acuerdos adoptados en el Convenio Interadministrativo suscrito por la Diputación Provincial de Cáceres, y la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, a los que se han hecho referencia, adoptado en la sesión plenaria del Pleno de Excma. Diputación de 6 de marzo de 2012.
SEXTO: Autorizar a la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y al Consorcio MEDIO XXI, en su caso, a que retenga a través del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria, de las entregas a cuenta de los tributos y exacciones de este Ayuntamiento durante los ejercicios que abarquen la vigencia del Plan y, en su caso, los posteriores durante los cuales siga desplegando sus efectos, las cantidades suficientes para cancelar las obligaciones de naturaleza económica derivadas de la ejecución del Plan y del desarrollo de la colaboración establecida entre este Ayuntamiento, la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres y, en su caso, el Consorcio Medio XXI
SEPTIMO: Aceptar que el Consorcio Medio XXI podrá adherirse en el momento oportuno al Convenio y al Plan de Gestión de RCDs en la Zona Sur de la provincia de Cáceres, pudiendo asumir, en el momento en que así lo acuerde la Diputación Provincial de Cáceres, la titularidad, o en su caso, la gestión (a través de las fórmulas que establezcan ambas instituciones).
OCTAVO.- FACULTAR al Sr. Alcalde para la suscripción del mencionado convenio y para cuantos actos y trámites se deriven del mismo, entre otros la suscripción del Acta de entrega de los terrenos señalados en los puntos segundo y tercero de este Acuerdo.
Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobado por (4) votos a favor del Grupo Municipal Popular y tres (3) abstenciones del Grupo Municipal Socialista.
7.- PROPUESTA PARA EL ACUERDO DE SOLICITUD PARA LA MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD.
Habiendo proyectado este Ayuntamiento la realización de mejoras en el Centro de Salud de esta localidad, acogiéndose a la Orden de la Consejería de Salud y Política Social de 4 de abril 2012 por la que se convocan las Subvenciones destinadas a la mejora de la infraestructura y equipamiento de los centros y servicios sanitarios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al año 2012. El Ayuntamiento Pleno acuerda:
PRIMERO: MEJORA INFRAESTRUCTURA CENTRO SANITARIO.
1.- La aprobación de la Memoria valorada de las obras redactada por la Arquitecto Técnica, Dª María José Mogedano Corchado, con un presupuesto total de 24.553,95 euros.
2.- Comprometerse a llevar a cabo el proyecto así como que éste no altere el Plan de Urbanismo.
3.- Solicitar a la Consejería competente en materia de sanidad una subvención por cada por importe de 24,553,95 euros.
4.- Comprometerse a aportar la diferencia en el caso de que la subvención concedida sea inferior al coste real de la obra, comprometiéndose igualmente al abono de los gastos por honorarios técnicos y de infraestructura urbanística, necesarios para la realización del proyecto.
5.- Comprometerse a destinar el centro o servicio a fines sanitarios por un periodo no inferior a treinta años, salvo autorización expresa de la Consejería competente en materia de sanidad.
6.- Autorizar al Sr. Alcalde a la firma de la documentación a que de lugar el presente acuerdo.
SEGUNDO: EQUIPAMIENTO CENTRO SANITARIO
1.- La aprobación de adquisición del equipamiento cuyo presupuesto es de 1000 euros.
2.- Solicitar a la Consejería competente en materia de sanidad una subvención por cada por importe de 1.000,00 euros.
3.- Comprometerse a aportar la diferencia en el caso de que la subvención concedida sea inferior al coste real del equipamiento.
4.- Comprometerse a destinar el centro o servicio a fines sanitarios por un periodo no inferior a treinta años, salvo autorización expresa de la Consejería competente en materia de sanidad.
5.- Autorizar al Sr. Alcalde a la firma de la documentación a que de lugar el presente acuerdo.
Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobada por Unanimidad.
8.- INFORMES DEL PRESIDENTE.
No se emitió ningún informe por parte de la presidencia.
Y no habiendo más asuntos que tratar, de orden de éste se levanta la sesión, siendo las veinte horas y veinticinco minutos, en el lugar y fecha indicados.
EL ALCALDE LA SECRETARIA ACCIDENTAL |
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