Sala de Prensa
30 de Octubre de 2012
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 27 DE JULIO DE 2012
ASISTENTES:

Alcalde Presidente:
D. EUSEBIO BATALLA GAGO (PP).

Concejales:
D. FRANCISCO M. ROMO VICENTE (PP).
Dª. FÁTIMA RUBIO CESTERO (PP).
D.INÉS HORMIGO CEDILLO. (P.P.).
D. JUAN GARLITO BATALLA (PSOE).
D. PEDRO SÁNCHEZ ALEGRE (PSOE).

SECRETARIA ACCIDENTAL:
Dª Mª. AURORA REBOLLO AMBROSIO.

AUSENCIAS JUSTIFICADAS:
D. ANTONIO DURÁN MORENO (PSOE).


En Santiago de Alcántara, siendo las nueve horas del día veintisiete de julio de dos mil doce, en esta Casa Consistorial se reúne el Ayuntamiento Pleno, presidido por el titular de la Alcaldía, Don Eusebio Batalla Gago, y al que concurren los Concejales expresados al margen, miembros de esta Corporación, y la Secretaria que, como corresponde, dio asistencia al acto, todo ello a efectos de celebrar sesión ordinaria, la cual se había designado y convocado previamente en tiempo y forma y, al existir quórum suficiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la sesión se celebró en primera convocatoria, desarrollándose como a continuación se expresa:

1.- CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA ÚLTIMA SESIÓN.

Se procedió a dar conocimiento del borrador del Acta de la sesión anterior, siendo aprobada por Unanimidad, con las siguientes observaciones expuestas por el Grupo Socialista, que manifiesta que no se habían recogido todas las intervenciones y que el acta tiene algunos defectos de forma.


2.- RESOLUCIÓNES DE LA ALCALDÍA SOBRE.-

1.- Adjudicación para su explotación del Kiosco “El Apóstol” de propiedad Municipal y
Adjudicación para su explotación del Bar de la Piscina Municipal y Pista de Verano ambos de propiedad Municipal.
2.- Licencia segregación.
3.-Horario PERSONAL del Ayuntamiento.
4.- Padrones fiscales (tres).
5.- Devolución fianza.
6.- Dehesa Boyal: Presentación demanda y nombramiento de representantes.
7.- Socorristas.
8.- Equipamiento Ayuntamiento.
9.- Juez de Paz.


3.- PROPUESTA PARA EL ACUERDO DE CESIÓN DE INMUEBLE, A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES, PARA INSTALACIÓN DEL PUNTO DE ACOPIO DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN RCDS, ZONA SUR. PROYECTO 2007FEDER830.

La Diputación Provincial de Cáceres, está trabajando para poner en marcha un nuevo Plan de gestión de residuos de construcción y demolición RCD,s. Zona Sur, Proyecto 2007FEDER830, que completa la cobertura, en toda la provincia, de la gestión de los RCD,s, que ya inicio el Plan Piloto de la Zona Norte.
Este proyecto de co-financia con fondos públicos (2007FEDER-2 al 70 % y Diputación el 30 %), además de la financiación privada que aporte la empresa que, en su caso, resulte adjudicataria de la concesión de las obras y explotación del servicio durante los próximos 25 años.
A esos efectos ya se ha elaborado el estudio de viabilidad y el anteproyecto para la Zona Sur, que se aprobarán en breve, y se someterán a información pública. En este Plan se
comprenden 78 puntos de acopio, 8 plantas de transferencia y 1 planta de reciclaje, en total 88 actuaciones en entidades locales para construcción de este equipamiento público municipal.
Por lo expuesto, la Diputación Provincial solicita a este Ayuntamiento los trámites oportunos para culminar en un buen desarrollo del Plan de Gestión de RCD. Y muy especialmente el de la CESIÓN DE LOS TERRENOS MUNICIPALES NECESARIOS, el cual conlleva la aprobación del proyecto de PUNTO DE ACOPIO, en una parcela que deberá situarse a ser posible en zona urbana de entre 250 a 500 metros cuadrados, acompañado del correspondiente informe de viabilidad urbanística y uso compatible, conforme al planteamiento municipal y que estos terrenos estén dotados, como mínimo, de agua y luz, y con posibilidad de acceso a los mismos.
Es necesario resaltar y recordar a este Ayuntamiento Pleno, que la gestión de los residuos de construcción y demolición de obra menor es de competencia municipal, y de obligado cumplimiento (Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados).
Por todo ello, en virtud de lo expuesto y al amparo de lo establecido en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales el Ayuntamiento Pleno acuerda:
PRIMERO.- La cesión a la Diputación Provincial de Cáceres, de una parcela de hasta 500 metros cuadrados como máximo y no inferior a 250 metros cuadrados, en el Polígono Industrial de esta Municipio para la instalación del punto de acopio, con la descripción perfectamente reglada de la misma.
SEGUNDO.- Las condiciones de la entrega son las que a continuación se indican:
1. El negocio jurídico que se realiza sobre el inmueble antes descrito es una cesión de uso del mismo a la Excma. Diputación Provincial de Cáceres por un periodo de 25 años, con el compromiso de esta de destinarlo a los fines expresados en el Proyecto 2007FEDER: “Modelo provincial de gestión sostenible”, actuación: Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición. Zona Sur.
2. Que el Ayuntamiento cuenta con la disponibilidad de los terrenos, así como autorizaciones y concesiones administrativas que son precisas.
3. La cesión no alterará la relación jurídica tributaria derivada del Impuesto de Bienes Inmuebles, sin que el cesionario asuma la condición de sujeto pasivo del Impuesto.
4. El Ayuntamiento se responsabiliza expresamente tanto de que los terrenos que son objeto de la cesión son aptos técnica y urbanísticamente para los fines del Proyecto, esto es, para que pueda instalarse en ellos un PUNTO DE ACOPIO para la recepción de los residuos de construcción y demolición generados en las obras denominadas “menores”; como la obtención de las autorizaciones y licencias que sean necesarias obtener para ello, asumiendo cualquier responsabilidad que por el incumplimiento de tales causas pueda derivarse hacia la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, o en su caso hacia el correspondiente Consorcio.
5. Cuando la Excma. Diputación Provincial de Cáceres considere que es el momento más conveniente para el mejor funcionamiento del servicio y traslade al Consorcio MEDIO XXI la ejecución y cumplimiento del contrato de concesión de obra pública, el Ayuntamiento autorizará a la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para que disponga los instrumentos jurídicos necesarios para que la cesión que se formalice a través de la correspondiente ACTA DE ENTREGA se entienda realizada, sin alteración de su objeto, al Consorcio MEDIO XXI, que se convertirá, además, en el titular acreedor del resto de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud del acuerdo contraído con la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.

Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobado por Unanimidad.


4.- PROPUESTA PARA EL ACUERDO DE AYUDA A LA NATALIDAD (CHEQUE BEBÉ).-

A pesar del bajo índice de natalidad de nuestro municipio, el nacimiento o adopción de un hijo siempre supone un desembolso extra para las familias. Actualmente, la situación económica por la que atravesamos no es la más favorable para afrontar debidamente el gasto que conlleva los primeros meses de un recién nacido o adoptado.
Ahora, con el aumento de las tasas de paro y el resentimiento de las economías familiares, es cuando los padres necesitan un apoyo económico adicional que les permita compensar los gastos generados por la incorporación de un nuevo miembro al núcleo familiar.
Sin embargo, también es fundamental que, en estos momentos difíciles, el Gobierno Local realice un esfuerzo inversor para contribuir al alivio económico de estas familias a través de una ayuda monetaria que, a su vez, se podría destinar a los comercios de la localidad.
Por todo ello, en virtud de lo expuesto y al amparo de lo establecido en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se propone adoptar el siguiente acuerdo al Pleno del Ayuntamiento.

PRIMERO.- Que este Ayuntamiento, conceda un ‘Cheque-Bebé’ por valor de 600 a 1000 € (en estos momentos difíciles 600) para ayudar a las familias santiagueñas a sufragar los gastos iníciales que conlleva un recién nacido o adoptado.

SEGUNDO.- Que estos cheques sólo puedan ser canjeados en comercios o farmacia de Santiago, con el objetivo de potenciar las compras en el municipio, dinamizar el negocio local y evitar las fugas comerciales a grandes superficies.

TERCERO.- Que puedan ser beneficiarios de esta ayuda todos los recién nacidos o adoptados cuyos padres estén empadronados en Santiago.

CUARTO.- Que la prestación económica sea compatible con las ayudas que conceden
otras administraciones y que se dé publicidad de la ayuda a través de una amplia campaña informativa que llegue a todos los vecinos de Santiago.

Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobado por Unanimidad, haciendo el grupo PSOE la observación de que no cree que fomente la natalidad, y que se tengan en cuenta los ingresos de la familia.


5.- PROPUESTA DE FIESTAS LOCALES PARA EL PRÓXIMO AÑO 2013

En base a lo establecido en el artículo 37.s del Estatuto de los Trabajadores, la Alcaldía acuerda proponer las siguientes fiestas locales para el año 2013:

- Jueves día 25 de julio de 2013, día de Santiago Apóstol.
- Lunes día 2 de septiembre de 2013, Ferias y Fiestas en honor al Santísimo Cristo de las Batallas, Patrón de nuestro municipio.

Se somete a votación la presente propuesta, es aprobada por Unanimidad.


6.- PROPUESTA PARA EL ACUERDO DE ADHESIÓN AL ACUERDO FEMP-DGT.

Con fecha 15 de marzo de 2006 la FEMP y la DGT firmaron un acuerdo que permite al ciudadano censado en nuestra localidad, cambiar la dirección de su permiso de conducir sin necesidad de desplazarse a la Jefatura Provincial de Trafico de Cáceres. También le permite inscribir en nuestro municipio los vehículos que tenga a su nombre y tributar en nuestro Ayuntamiento, por ser este, donde se encuentra censado su propietario.
La firma supone facilitar los trámites a los ciudadanos y que, los conductores y vehículos estén correctamente registrados.
Para la firma de este acuerdo es necesaria la certificación de aprobación en Pleno, por lo que:
Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobada por Unanimidad.


7.- PROPUESTA PARA EL ACUERDO DE FIRMA DE UN ACUERDO ENTRE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO Y EL AYUNTAMIENTO PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES Y COLECTORES CONSTRUIDOS EN NUESTRO MUNICIPIO DENTRO DE LA ACTUACIÓN DENOMINADA “SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE LA COMARCA AGRARIA DE CÁCERES EN LA ZONA FRONTERIZA”.

Habiendo finalizado a finales del pasado mes de junio, la estación depuradora de aguas residuales construida en nuestro municipio dentro de la actuación denominada “Saneamiento y depuración de la Comarca Agraria de Cáceres en la zona fronteriza con Portugal”, financiada por la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
En consecuencia procede instrumentar el sistema de explotación y conservación de dicha infraestructura, que se efectuara mediante Encomienda de Gestión, la cual se formalizara con el siguiente acuerdo:

- Por la Confederación Hidrográfica del Tajo, su Presidente D. Miguel Antolín Martínez.
- Por el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara, su Alcalde D. Eusebio Batalla Gago.

Comparecerán y harán constar lo siguiente:

a) Que la Confederación Hidrográfica del Tajo, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, está ejecutado las obras reseñadas en el encabezamiento. La obras fueron declaradas de interés general por RDL 9/1998 de 28 de agosto (BOE nº 207 de 29 de agosto de 2008).
b) Que al finalizar las obras y las pruebas básicas de puesta en marcha de la E.D.A.R, resultará necesario realizar durante un periodo de nueve meses las pruebas de funcionamiento, a cargo del contratista que está ejecutando las obras y que forma parte del contrato adjudicado.
c) Que es conveniente la coordinación entre las Administraciones de forma que, al finalizar las pruebas de funcionamiento, el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara se haga cargo de la explotación y mantenimiento de instalaciones.

Con este fin acuerdan:

1.- Que la fecha de finalización prevista es el 31 de marzo de 2013 comprendiendo el periodo de nueve meses de puesta en funcionamiento.
2.- Que durante dicho periodo, el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara dispondrá los medios personales que resulten necesarios para que, familiarizándose con el funcionamiento de la depuradora y el sistema de explotación, una vez finalizado este periodo pueda seguir prestando el servicio de depuración en las condiciones exigidas por la legislación vigente.
3.- Que el ayuntamiento de Santiago de alcántara como titular de la actividad, se encargará de tramitar la solicitud de licencia de apertura de actividades clasificadas, a cuyos efectos la Confederación hidrográfica del tajo colaborará aportando los documentos técnicos que se precisen.
4.- Que una vez terminado el citado período de pruebas de funcionamiento, y la Confederación Hidrográfica del Tajo proceda a la recepción de las obras.

Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobada por Unanimidad.


8.- PROPUESTA PARA EL ACUERDO DE CONTINUACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE AYUDA A DOMICILIO CON CARGO A FONDOS PROPIOS.

Este servicio no se ha dejado de prestarse en nuestro municipio en el presente ejercicio, a pesar de la finalización de la subvención del ejecutivo regional que lo financiaba, lamentamos la situación de abandono del mismo por parte de la Administración Autonómica, ya que, es una ayuda que se ha venido prestando durante muchos años.

La Prestación Básica de Ayuda a Domicilio se desarrolla en el contexto de los Servicios Sociales Comunitarios, como primer nivel de actuación del Sistema de Servicios Sociales. Esta prestación se realiza directamente a través de los Servicios Sociales de las entidades locales, constituyendo un valioso instrumento para dar respuesta a las necesidades de individuos y familias.

El servicio de ayuda a domicilio proporciona una serie de actuaciones preventivas, educativas y asistenciales a personas que presentan dificultades en la realización de sus actividades domésticas y habituales. Su finalidad es la permanencia del ciudadano en su medio habitual de vida para evitar situaciones de desarraigo.

La renta media a nivel rural es inferior a la urbana, esto influye en el poder adquisitivo de sus habitantes y en la menor posibilidad de adquirir servicios de apoyo de forma privada, factor muy importante a tener en cuenta para la continuación del servicio.

Para garantizar las prestaciones básicas de los Servicios Sociales, en este caso la Ayuda a Domicilio, es necesario que en la actualidad sean cubiertos los gastos del mismo, con fondos propios, por lo que:

Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobada por cuatro votos a favor del Grupo Municipal del PP y dos en contra del Grupo Municipal Socialista.

9.- IMPOSICIÓN Y MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES.-
Examinado el expediente para la Imposición y Modificación de los Tributos Locales y hallado conforme con el informe de Secretaría - Intervención y el Dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, el Pleno del Ayuntamiento por el quórum de mayoría absoluta, establecido en el art. 47.3 de la Ley 7/85 de Bases de Régimen Local, de 4 votos a favor (P.P.) y 2 en contra (PSOE), adopta el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15, 17 y 20 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda con carácter provisional, la Imposición, Modificación de los tributos locales siguientes. dando redacción a su ordenanza fiscal reguladora, en la parte modificada para cada uno de los tributos en la forma que más adelante se expresa, así como la aprobación de las Ordenanzas de nueva imposición, en los términos obrantes en el expediente:
NUEVA IMPOSICIÓN:
TASA POR EL SERVICIO DE GUARDERÍA
Menos de una vez el SMI* 80 €
Desde una vez el SMI y menos de una vez y media 40 €
Desde una vez y media el SMI 0 €
Previsiones de coste para años sucesivos: incremento de ipc

*en el caso de que los padres no presente documentos acreditativos de ingresos no tendrá derecho a ninguna beca.

MODIFICACIÓN TASA SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
Las tarifas establecidas en el art 5 serán las siguientes:
a) Base imponible equivalente al Salario Mínimo Interprofesional, por cada hora 4,00 Euros
b) Las bases imponibles distintas al Salario Mínimo Interprofesional, sufrirán una disminución o aumento, en la misma proporción que varíen con respecto a este.
c) De existir financiaciones extraordinarias al Programa, las cuotas resultantes se bonificarían al 50%

SEGUNDO.- Que el acuerdo se exponga al público mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Edictos del Ayuntamiento, durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción del anuncio en el Boletín Oficial dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO.- Las reclamaciones presentadas serán resueltas por la Corporación y de no existir reclamaciones se entenderá definitivamente aprobadas las propuestas entrando en vigor con efectos del día 1 del mes siguiente de su aprobación definitiva.

Se somete a votación la presente propuesta, siendo aprobada por cinco votos a favor, 4 del Grupo Municipal del PP y uno a favor y otro en contra del Grupo Municipal Socialista.

10.- INFORMES DE LA PRESIDENCIA.-

• Pendiente obras recogida aguas pluviales calle Hernán Cortes y Santo Domingo.
• Denuncias y juicio Dehesa Boyal.
• Sobre el informe que realizó el anterior Secretario sobre la situación del Ayuntamiento.

11.- MOCIONES DE URGENCIA (ART. 91.4 DEL ROF).
Por el Alcalde se explica que con posterioridad a la convocatoria de la Sesión se ha recibido moción del Partido Popular con el siguiente encabezamiento: “Prestar un total y unánime apoyo al Alcalde por las amenazas, coacciones, insultos y presión recibidos como consecuencia de su actividad política institucional en el Ayuntamiento, ejercidas por parte de DON JUAN CARBALLO CARBALLO, hechos graves que vulneran el derecho a ejercer en libertad y sin coacciones ni amenazas las labores y funciones de su cargo público representativo, haciendo extensivo este apoyo a cualquier concejal de esta corporación y a cualquier vecino de nuestra localidad que pudieran sufrir este tipo de acciones.”, sometida dicha propuesta a votación, es aprobada por Unanimidad, y por tanto con el quórum legalmente establecido en el art. 83 del R.O.F. en relación con el 47.3 de la Ley 7/85.
El Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara presenta para su discusión y ulterior aprobación la siguiente MOCIÓN DE URGENCIA:
“Prestar un total y unánime apoyo al Alcalde por las amenazas, coacciones, insultos y presión recibidos como consecuencia de su actividad política institucional en el Ayuntamiento, ejercidas por parte de DON JUAN CARBALLO CARBALLO, hechos graves que vulneran el derecho a ejercer en libertad y sin coacciones ni amenazas las labores y funciones de su cargo público representativo, haciendo extensivo este apoyo a cualquier concejal de esta corporación y a cualquier vecino de nuestra localidad que pudieran sufrir este tipo de acciones.”

Se somete a votación la presentación moción, siendo aprobada por Unanimidad.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Tenemos una gran parte de los alcaldes y concejales, sobre todo en los pueblos pequeños, que están absolutamente desasistidos y a la intemperie cuando hay algún problema, por lo que reclamamos reformas en la legislación penal vigente para dar un mayor “amparo legal” a los miembros de los consistorios pequeños que se ven sometidos a fuertes tensiones, amenazas, insultos o, incluso, agresiones en sus pueblos, sin que en muchos casos tengan consecuencias.

Son cientos los hechos que quedan impunes porque no se denuncian. Sólo unos pocos, apenas una decena en cada Legislatura, salen a la opinión pública y la mayoría de las veces cuando de la amenaza se ha pasado a los hechos y hay una agresión, bien contra la propia persona, bien contra sus bienes. "Estamos pidiendo un amparo legal para la figura de los alcaldes y de los concejales de los municipios más pequeños, porque los de las localidades más grandes tienen la Policía Local y otros sistemas de seguridad", “pero los pequeños estamos completamente a la intemperie: el vecino que se siente agraviado porque no se le ha dado lo que pedía, arremete contra el alcalde impunemente". Contra ello, "hay que legislar", abogamos por un estatuto especial que “refuerce jurídicamente la figura del alcalde” porque no puede ser lo mismo pegar o insultar a un compañero de cartas que a un alcalde.
Los alcaldes de los pequeños municipios deberían tener un "sistema de protección más rápido y eficaz". "Dedican tiempo y a veces dinero para los demás y se ven envueltos en situaciones muy delicadas que llegan, incluso, a poner en peligro su integridad física y su honor".
Reclamamos y esperamos en estos casos "una respuesta adecuada" por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, "como corresponde a su obligación de proteger, no ya a cualquier ciudadano o ciudadana, sino a un representante público que sufre amenazas como consecuencia de su actividad política institucional en el Ayuntamiento.
Estos hechos no pueden trivializarse. Estas amenazas nos afectan a todos. Son una advertencia, un aviso que pretende amedrentar a las personas que ejercen una actividad política institucional. Para que callen, para que permanezcamos ocultas, para que nos autocensuremos y renunciemos a expresar nuestras ideas en el espacio público. Son un atentado contra la libertad de expresión, contra la libre participación política y contra la seguridad personal de los representantes públicos, manifestamos además que hay que dejar trabajar a los servicios judiciales, no haciendo valoraciones de lo ocurrido hasta no tener un dictamen.
Por estos motivos, creemos que nuestro Ayuntamiento, como Institución Municipal, no puede mostrarse ajeno a lo que ha sucedido, ya que consideramos que en la defensa de la democracia, la libertad, la justicia, los derechos humanos y el Estado de Derecho, que consagran nuestra Constitución, nosotros no podemos mirar a otro lado y queremos condenar cualquier forma de actitud que persiga a los legítimos representantes libremente elegidos en nuestro municipio en las elecciones del 22 de mayo de 2011.
Quiero hacer constar que el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español, no haya apoyado al Alcalde por los graves hechos ocurridos, los cuales fueron comunicados al portavoz del grupo por el propio Alcalde, siendo su única respuesta la de: “Que se arregle por las buenas”. Pero les recuerdo que no es tarde para tomar medidas, es un símbolo de solidaridad con compañeros que están sintiendo coacción política u otras formas de coacción.
Por último, recordarles que "las libertades públicas, el ejercicio de los cargos representativos sin coacciones ni amenazas, la obligación moral, ética, pública y democrática del resto de partidos e instituciones de apoyar y solidarizarse con los cargos públicos coaccionados, son elementos imprescindibles de un estado democrático, de tiempos de paz y libertad".

Por todo cuanto antecede el GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR en el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara, propone a la aprobación en el Pleno la siguiente:

MOCIÓN DE URGENCIA

1. “Prestar un total y unánime apoyo al Alcalde por las amenazas, coacciones, insultos y presión recibidas como consecuencia de su actividad política institucional en el Ayuntamiento, ejercidas por parte de Don Juan Carballo Carballo, hechos graves que vulneran el derecho a ejercer en libertad y sin coacciones ni amenazas las labores y funciones de su cargo público representativo, haciendo extensivo este apoyo a cualquier concejal de esta corporación y a cualquier vecino de nuestra localidad que pudieran sufrir este tipo de acciones.”

2. Elevar al Delegado del Gobierno en Extremadura, informe sobre los hechos ocurridos y que ya han sido denunciados por la parte afectada, solicitando al mismo un "sistema de protección más rápido y eficaz".

3. Elevar al Gobierno de Extremadura, Diputación y FEMPEX, propuesta para que se legisle un estatuto especial que refuerce jurídicamente la figura del alcalde y los concejales y se inicien las reformas en la legislación penal vigente para dar un mayor "amparo legal" a los miembros de los consistorios más pequeños que se ven sometidos a fuertes tensiones, amenazas, insultos o, incluso, agresiones en sus pueblos, sin que en muchos casos tengan consecuencias.

Se somete a votación la presentación moción de urgencia, siendo aprobada por Unanimidad.


12.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

Abierto el turno de ruegos y preguntas interviene D. Juan Garlito Batalla, Concejal del Grupo Municipal Socialista, en los siguientes términos:

- Supone que el horario de las 9:30 horas para el Pleno será por razón de peso, pues va en contra de su política (refiriéndose al Sr. Alcalde). Por el Alcalde se responde que tiene sus razones, y que de todas formas, el horario del pleno es de competencia de la Alcaldía.

- Ruega que se hagan llegar con más diligencia las actas de la Junta de Gobierno Local y que las Juntas están carentes de contenidos.

- Le ruega que les hagan llegar las facturas de las fiestas 2011 a lo cual se comprometió.

- Que se han perdido varios Convenios y otros han sido reducidos.

- Qué ocurre con la relación con la Empresa de la Residencia de Ancianos, que no cobran los trabajadores. El Sr. Alcalde le contestó que se estaba esperando el ingreso de la subvención para abonarle el importe de las facturas.

- Que presente su proyecto de inversiones y sus gestiones.

Y no habiendo más asuntos que tratar, de orden de éste se levanta la sesión, siendo las once horas y diez minutos, en el lugar y fecha indicados.

EL ALCALDE LA SECRETARIA ACCIDENTAL